Padres/Guardianes deben notificar a la escuela de su hijo que es posible que se necesiten servicios en el hogar. firmando un formulario de divulgación de información ayudaría al equipo escolar a compartir información con el médico sobre los servicios en el hogar antes de que se haga la solicitud oficial.
Si se necesitan servicios en el hogar, la aprobación de los servicios se basa en un formulario de solicitud completo, que incluye una certificado medico de necesidad.
En algunas circunstancias, los estudiantes pueden recibir instrucción en el hogar en un base intermitente. Los estudiantes con condiciones episódicas pueden recibir instrucción en el hogar cuando no pueden asistir a la escuela por más de dos semanas consecutivas. En estos casos, los padres deben notificar a la escuela tan pronto como sospechen que la condición del estudiante es tal que está entrando en un período de ausencia prolongada. Las escuelas pueden iniciar procesos para considerar la elegibilidad bajo IDEA o la Sección 504.
Instrucción en el hogar para estudiantes que reciben servicios de educación especial está sujeto a revisión por parte del Equipo del Programa de Educación Individualizada (IEP) del estudiante de conformidad con la Ley de Educación para Individuos con Discapacidades (IDEA). Como parte de su revisión y determinación de un cambio temporal en la colocación, el equipo del IEP debe revisar la certificación médica aprobada de la necesidad de instrucción en el hogar y determinar la ubicación temporal apropiada para el estudiante basado en las necesidades educativas del estudiante.
Para ser incluido en el IEP si el equipo del IEP determina que los servicios en el hogar son apropiados:
- Lenguaje en el IEP que define claramente el período de tiempo para el frecuencia y duración de la instrucción domiciliaria (obligatorio)
- Una declaración que identifique una fecha para reconsiderar la necesidad de continuación de los servicios por parte del equipo del IEP (opcional)
- Una declaración que aclara el cambio en la colocación es temporal
Consentimiento paterno debe obtenerse para enmendar el IEP, antes de iniciar los servicios en el hogar.
Elegibilidad para la instrucción en el hogar
Los estudiantes deben ser inscrito en las Escuelas Públicas de Arlington y cumplir con los siguientes criterios:
- La persona que tiene la custodia y la responsabilidad legal del estudiante debe ser un residente del condado de Arlington.
- El estudiante debe tener uno de los siguientes condiciones que le impiden asistir al programa de la escuela pública:
- Una enfermedad física o un accidente que impide la asistencia a cualquiera de los programas de la escuela pública, según lo atestiguado por un médico con licencia o un psicólogo clínico con licencia.
- Una condición psiquiátrica que impide la asistencia a cualquiera de los programas de la escuela pública, según lo atestiguado por un psiquiatra con licencia.
Estudiantes hospitalizado en el área de DC pueden recibir instrucción en el hogar. Los estudiantes de Arlington hospitalizados fuera de esta área pueden recibir instrucción bajo contrato con el sistema escolar local en el área geográfica en la que están hospitalizados.
Solicitud
Los estudiantes que tienen dificultades para asistir a la escuela pueden ser referido por el personal o el padre/tutor para la consideración de elegibilidad bajo la Ley de Educación para Individuos con Discapacidades (IDEA)/Educación Especial o la Sección 504, si su condición médica parece tener un impacto en su capacidad para acceder a una educación pública apropiada y gratuita (FAPE). Tal las referencias deben dirigirse al director de la escuela o su designado.
Año tutor de un estudiante que cree que necesita instrucción en el hogar puede solicitar dichos servicios a través del Coordinador de Instrucción en el Hogar. Personal de la escuela también puede recomendar que el padre/tutor siga la instrucción en el hogar en base a las explicaciones proporcionadas por el padre/tutor con respecto al estudiante ausencias de la escuela. Un padre/tutor debe presentar tres componentes de la Solicitud de instrucción en el hogar para solicitar instrucción en el hogar:
- Información del estudiante y formulario de autorización
- Certificación médica de necesidad
- APS Divulgación de información
La tutor del estudiante para quien se solicita instrucción en el hogar será responsable de completar y enviar la Solicitud de instrucción en el hogar, incluida la Certificación médica de necesidad.
La tutor debe tener el registro profesional médico del estudiante—una médico con licencia, psicóloga clínica licenciadao psiquiatra licenciado-completar la Certificación médica de necesidad que es la documentación del proveedor de atención médica sobre la enfermedad del estudiante, el plan de tratamiento y la duración estimada del tiempo de recuperación. La certificación debe estar completa, incluido el permiso de los padres para APS personal se comunique con el médico tratante o psicólogo clínico con licencia, a fin de que el estudiante sea considerado para los servicios de confinamiento en el hogar.
Una certificación médica debe incluir:
- información de diagnóstico actual,
- plan de tratamiento — incluida la descripción del plan para el regreso a la escuela (puede estar en un documento separado, adjunto a la solicitud),
- proyectado duración de necesidad de instrucción en el hogar, y
- información de contacto para el profesional certificador
La tutor es devolver los tres componentes del Solicitud de instrucción en el hogar al director de la escuela o al director de servicios de consejería.
La administrador de escuela identifica a un miembro del personal como el coordinador de confinamiento en el hogar basado en la escuela (punto de contacto/persona designada) para el proceso de instrucción en el hogar, para incluir el seguimiento de la solicitud y la coordinación de servicios si se determina que el estudiante es elegible para la instrucción en el hogar. Si el estudiante recibe servicios de Educación Especial o de la Sección 504, puede ser apropiado designar al administrador de casos como el punto de contacto.
La Formulario de información escolar debe ser completado y presentado por el personal de la escuela junto con los tres (3) componentes (solicitud familiar, certificación médica, autorización médica) y el punto de contacto/persona designada de confinamiento en el hogar identificado en la escuela para el estudiante al director de la escuela o al director de servicios de asesoramiento. .
La director or director de servicios de consejería revisará y enviará todos los materiales completos al Coordinador de Instrucción en el Hogar dentro de dos (2) días hábiles.
Personal de la escuela proporcionará materiales de instrucción para que el estudiante acceda a su educación hasta que se asigne el instructor en el hogar.
Revisión de la aplicación
La Coordinador de instrucción en el hogar (1) documentará la recepción de solicitudes de instrucción en el hogar, (2) revisará la solicitud para verificar que la información esté completa y la idoneidad de la solicitud, (3) validará las solicitudes de instrucción en el hogar para estudiantes con IEP, presentando dichas solicitudes al equipo del IEP para determinación de un cambio en la ubicación, y (4) comunicarse con el profesional médico registrado para verificación para aclarar la necesidad de instrucción en el hogar versus instrucción en la escuela con adaptaciones apropiadas, según sea necesario, dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud . Dicha verificación puede ser realizada por personal médico/profesional designado por el profesional médico registrado.
Si se necesita más información, el Coordinador de Instrucción en el Hogar debe notificar a los padres y al punto de contacto/persona designada en la escuela (como se identifica en la solicitud) que la solicitud está incompleta e identificar el tipo de información necesaria para considerar la solicitud. solicitud de aprobación.
Una vez que se obtiene la verificación del profesional médico registrado, el Coordinador de instrucción en el hogar notifica al padre/tutor de la aprobación y consulta con el personal escolar designado sobre los servicios necesarios dentro de los tres (3) días hábiles.
Después de la verificación con el proveedor médico registrado del estudiante, el Coordinador de Instrucción en el Hogar determinar la elegibilidad para instrucción en el hogar y notificará (a) al padre/tutor y (b) al miembro del personal escolar designado, es decir, el director de la escuela primaria o el director de servicios de consejería en una escuela intermedia o secundaria.
La aprobación de la instrucción en el hogar es para un período de tiempo finito y no más de nueve semanas tras la aprobación inicial.
La Coordinador de instrucción en el hogar luego comunica el estado de la solicitud al personal escolar apropiado.
Si se aprueba, el proceso avanza a la siguiente parada en la hoja de ruta, inicio de servicio.
Apelaciones
Los padres/tutores a quienes se les nieguen los servicios de instrucción en el hogar pueden apelar la decisión ante el Director Académico. El cronograma para el proceso de apelación se proporcionará en la carta de denegación enviada al padre/tutor. La apelación debe hacerse por escrito dentro de los diez (10) días hábiles a partir de la fecha de recepción de la carta de denegación e incluir cualquier documentación médica adicional de un médico con licencia, psicólogo clínico o psiquiatra con licencia. Si se necesita tiempo adicional para recopilar la documentación médica requerida del proveedor, el padre/tutor debe comunicarse por escrito con el Superintendente/designado. El Superintendente/designado puede extender este plazo por no más de diez (10) días hábiles. Mientras esté pendiente una apelación, los estudiantes permanecerán inscritos en las Escuelas Públicas de Arlington.